Educación
Nota del Editor: segunda entrega sobre la carta que el sindicato EDUCAMOS y su presidenta Eva Ayala dirigieron al secretario de Educación Eliezer Ramos Parés.
Por EDUCAMOS
Es indispensable que el Departamento de Educación:
● fortalezca la evaluación formativa y que la misma no sea utilizada con un enfoque punitivo;
● hacer un alto ante el problema de hostigamiento laboral, las medidas cautelares y la violencia institucionalizada contra el magisterio y revertir toda práctica;
● garantizar un proceso justo en el procesamiento de casos donde el maestro afectado deje de ser tratado como un criminal que constituye un peligro para la comunidad escolar;
● que se efectúe una revisión de los reglamentos y prácticas administrativas a tenor con la Ley Núm. 60 del año 2020 conocida como la Carta de Derechos del Maestro del Sistema Público, en donde se reconocen legalmente los siguientes derechos:
(aa) que el Departamento proteja, de forma razonable y dentro de los poderes que ejerce, la reputación y honra de los(as) maestros(as) de ataques frívolos e infundados a su persona o ética profesional siempre que ello no constituya un riesgo potencial a los derechos e integridad física y moral de los estudiantes y la comunidad escolar. Esto incluye el deber de la agencia y su personal de entrevistar al maestro a quien se le impute alguna acción indebida, ilegal o contraria a la ética; como también realizar investigaciones diligentes y oportunas de forma que se pueda tomar decisiones informadas y justas;
(bb) que el Departamento reconozca las condiciones médicas o discapacidades que hayan sido oportunamente informadas y evidenciadas, conforme a los reglamentos y leyes aplicables, de forma que se le provea un acomodo razonable para el ejercicio de su profesión. De igual forma, el Departamento debe ser sensible con las necesidades particulares de los(as) maestros(as) tratándole con respeto y dignidad;
(cc) que existan mecanismos y protocolos de emergencia para lidiar con situaciones de crisis emocional o traumática que el maestro pueda sufrir en el cumplimiento de sus funciones o deberes como docente. Esto puede incluir el apoyo de psicólogos o profesionales de la salud capacitados para lidiar con situaciones de esta índole, la sustitución del maestro mientras se atiende la emergencia; como también mecanismos de mediación y de prácticas restaurativas que le permitan a la comunidad escolar mantener un ambiente e interacciones interpersonales saludables;
(dd) al debido proceso de ley en todo proceso disciplinario al que se le someta y que la administración tome las medidas cautelares necesarias para que su carrera profesional no sea afectada sin existir una adjudicación en su contra y restando aún foros apelativos para revisar la decisión administrativa; y
(ee) que se garantice un proceso de mediación, en el caso de surgir la intención de presentar una querella contra el maestro, creando un Comité de Mediación entre el maestro, director y/o supervisor inmediato, representación sindical, de así solicitarlo, y la parte querellante, siempre que ello no constituya un riesgo potencial a los derechos e integridad física y moral de los estudiantes.
● en fin, garantizar condiciones que incentiven al magisterio.

