No vacunados se anotan importante triunfo en los Tribunales

Publicado por Dr. Norman González Chacón

¡Victoria! Aunque la prensa del país, vendida a los grandes intereses que le apremian, no ha querido informar tan importante noticia, lo cierto es que el caso, llevado a los tribunales y atendido por el Juez Alfonso Martínez Piovanetti, se ha ganado por rendición del gobierno y de las agencias concernidas: Gobierno, Salud, Educación, y los municipios que fueron objetos de la demanda; se allanaron y aceptaron devolver a los empleados discriminados a sus puestos, le restauraron sus derechos y les garantizaron el tiempo perdido sin trabajar, y sus días por enfermedad. Además, se tranzó para que el patrono supla las mascarillas y equipos de seguridad y pagar por las pruebas cuando fuere necesario.

Los 6 empleados de los municipios de Barceloneta y Camuy que demandaron al Gobierno y a sus respectivos municipios por no aceptar el documento de exención a la vacunación por motivos religiosos, ganaron la demanda por acuerdo transaccional porque ni los municipios ni el gobierno central pudieron mostrar evidencia científica ni estar en ley al prohibirles trabajar.

“Comienza a cerrársele el cerco al Gobierno” dijo el abogado que llevó este caso y ganó el pleito, el Lcdo. Juan Gaud, quién junto a las entidades mencionadas, el Gobernador de Puerto Rico, el Departamento de Salud, el Departamento de Educación, y todas las agencias concernidas, transaron la demanda con perjuicio, lo que dará inicio a miles de otras reclamaciones que llegarán a los tribunales por situaciones idénticas que han ocurrido en universidades, escuelas públicas y privadas, así como en diferentes agencias privadas y del gobierno que han rechazado el documento de exención por motivos religiosos, y que han exigido que se incluyan dogmas eclesiásticos y declaraciones juradas de los pastores otorgantes, lo que viola derechos constitucionales, tanto de los ciudadanos como de separación entre Iglesia y Estado.

Los municipios, los patronos y dependencias tanto privadas como públicas tienen que respetar estos derechos. Según comentó el Lcdo. Gaud. comienza a cerrarse el cerco al Gobierno

La orden ejecutiva número 2, serie 2021 a 2022 acepta la excepción por razón de sinceras creencias religiosas individuales y no necesariamente dogmas de una religión. El arreglo al que las agencias municipales y gubernamentales llegaron con los abogados demandantes evitó que el Gobierno tuviera que indemnizar por daños recibidos a todos los empleados rechazados, y despedidos a fueran compensados por pérdidas y sufrimientos. Los municipios patronos demandados le devolvieron sus empleos, las vacaciones agotadas por el despido, el acomodo razonable y el pago que dejaron de devengar durante la suspensión de sus empleos.

Los gobiernos se hicieron cargo de los gastos de mascarillas, equipos de protección y el pago de las pruebas cuando sean necesarias. Otras estipulaciones del arreglo no fueron reveladas, pero la demanda dejó aclarado que no solo por motivos o dogmas religiosos hay que respetar los derechos ciudadanos adquiridos en la Constitución sino por derecho de conciencia personal, se puede obtener la exención a vacunarse sin que medie el pastor o ministro en la firma del documento. Con esta decisión que era de esperarse, todas las instituciones públicas, privadas y universidades que rechacen o hayan rechazado el documento de exención pueden ser demandadas por violación de derechos, sufrimientos daños y perjuicios a los discriminados. Si usted ha sufrido este tipo de discrimen, llévele esta noticia a quién lo discriminó y si no logra un acuerdo justo y razonable, hable con los abogados que se han especializado en este tipo de demandas.

Justa y simultáneamente a la decisión de un Tribunal de Puerto Rico presidido por el juez Martínez Piovanetti, esta misma semana, en el estado de Nueva York obtuvo un resultado igual de favorable para un grupo de 17 profesionales de la salud que fueron privados de sus empleos en esa ciudad porque el gobernador del Estado eliminó por decreto la exención por motivos religiosos, violando de esa manera, los derechos constitucionales de los ciudadanos. El juez David Hurd, de la ciudad de Utica, emitió la orden a raíz del reclamo de 17 profesionales de la salud, incluidos médicos y enfermeras, porque sus derechos religiosos fueron coartados con la orden ejecutiva.

En el estado de Nueva York, así como en California, se le han violado derechos de conciencia religiosa a millones, y la gente recién comienza a reaccionar debido a que ni las iglesias ni nadie salió en su defensa, ni detuvieron las órdenes mandatarias ilegales del gobierno de esos estados. El clero, los pastores y ministros de todas las denominaciones cedieron sus derechos a protestar, los han inducido al miedo y no le han temido al daño que pueda ocasionar la inoculación experimental a millones de feligreses de todas las denominaciones, negándose, a su vez, a firmar los documentos requeridos de exención por vacunación. Supongo que cada feligrés evaluará individualmente este acto de cobardía de sus Pastores, Ministros y Sacerdotes.

Por otro lado, la prensa de los Estados mencionados y del país en general no ha analizado el daño prospectivo, ni ha alertado a la población al respecto. En Puerto Rico ni un solo medio de comunicación ha publicado los resultados de esta demanda, ni han defendido al pueblo como debe ser la buena práctica periodística y honesta de cada medio y de cada periodista individualmente. Se sabe que este precedente llevará a los tribunales del país miles de demandas por violación de derechos a las instituciones educativas de salud, y agencias públicas y privadas que han rechazado el documento por motivos religiosos y han privado a muchas familias de su sustento. Se les exhorta de inmediato a todas esas agencias en violación de derechos, a restituir a todos los empleados cuyos derechos han sido violados, para que llamen a sus empleados a trabajar, y se les compense por el tiempo perdido.

Se cita a la Comisión para la igualdad de Oportunidades de Empleo, (EEOC) por sus siglas en inglés.

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