Gentrificación
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En los últimos años, las autoridades mexicanas —federales, estatales y municipales— han removido activamente estructuras privadas, como muros, palapas y edificaciones, construidas ilegalmente en playas dentro de la Zona Federal Marítimo Terrestre (ZOFEMAT).
Esta aplicación de la ley se basa en el principio legal de que todas las playas mexicanas son propiedad pública.
Acciones recientes de aplicación
Varios casos de alto perfil ilustran esta tendencia:
· Sayulita, Nayarit (2025): Se demolió un muro de roca y cemento de 35 metros que bloqueaba el acceso a Playa Los Muertos. La estructura se construyó sin permisos en terreno federal marítimo y fue retirada tras meses de presión ciudadana y una inspección de Profepa.
· Tonalá, Chiapas (2025): Profepa ordenó la remoción de construcciones no autorizadas en Playa de Sol y Playa Puerto Arista que dañaban dunas costeras y un santuario de tortugas marinas. Las obras habían afectado más de 1,100 m² de zona federal y se cerró con un plazo de 36 horas para su retiro.
· Acapulco, Guerrero (2026): Como parte de un programa de ordenamiento de playas, las autoridades lograron el retiro voluntario de 40 bodegas irregulares en playas como Honda y Papagayo, lo que representó un 95% de cumplimiento en un tramo de 1.2 km.
· Mazatlán, Sinaloa (2026): Se ordenó retirar tres estructuras de palapa en Avenida del Mar tras procedimientos de Profepa por incumplimiento de las regulaciones de ZOFEMAT.
· Punta Mita, Nayarit (2025-2026): Tras la revocación de una concesión, autoridades y activistas presionaron para retirar estructuras de roca (gaviones/rocas) instaladas en Playa Las Cocinas.
Marco legal
Estas acciones se sustentan en la legislación mexicana, que establece que las playas y la ZOFEMAT son bienes de dominio público:
· No hay playas privadas: La Ley General de Bienes Nacionales (LGBN) establece que las playas son «bienes de uso común», por lo que la propiedad privada es legalmente imposible. La ZOFEMAT es una franja de 20 metros tierra adentro desde la línea de marea alta, donde no se puede obstruir el acceso público.
· Reformas de 2020: Las reformas a la LGBN de octubre de 2020 prohíben explícitamente cualquier acción que inhiba, condicione u obstruya el tránsito público a la ZOFEMAT. Esto fortaleció la base legal para retirar estructuras ilegales.
· Autoridad de aplicación: La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) y Semarnat son las principales agencias federales responsables de inspeccionar, sancionar y ordenar el retiro de construcciones no autorizadas en estas zonas.
En resumen, las remociones reflejan un esfuerzo continuo por hacer cumplir el estatus legal de las playas mexicanas como espacios públicos, contrarrestando intentos de privatización de facto mediante construcciones ilegales.

