La nefasta Ley 82 al servicio del capital y en detrimento del ambiente

Ambiente

Por Neftalí García Martínez   Químico y Científico Ambiental

Desde la década de 1970 el proceso de declaración de impacto ambiental no ha sido aplicado con rigurosidad a un gran número de actividades que impactan de forma significativa el ambiente. 

En la década de 1980, la Junta de Calidad Ambiental (JCA) redujo el número de estos documentos, que requerían la notificación al público.

La nueva Ley 82 obliga a los que se opongan por medios legales a un proyecto a depositar una fianza mínima de 10% de su costo total. 

Se limitó de forma drástica la participación de los habitantes de las comunidades en etapas tempranas de los procesos ambientales.

El ambiente es un conjunto de variables naturales y sociales. La evaluación del impacto ambiental incluye: necesidad de la actividad, economía, transportación, agua superficial, subterránea y potable, aire, suelos, flora, fauna, arqueología, arquitectura, cultura, paisaje, clima, zonas inundables, humedales, agricultura, pesca, minerales, salud, entre otros. 

La Administración de Fomento Económico, la Autoridad de Energía Eléctrica, la Junta de Planificación, el Departamento de Recursos Naturales y otras entidades públicas fueron cada vez menos exigentes en cuanto a la cantidad y calidad de la información requerida para preparar los documentos ambientales.

Se puso de moda preparar evaluaciones ambientales cortas y superficiales para evitar la preparación de documentos completos. Comenzaron a preparar formularios ambientales esquemáticos, todavía más superficiales, que no requerían la publicación de los proyectos propuestos. 

Cuando hay cambios de zonificación del terreno solo notifican a los colindantes, como si el impacto ambiental no llegara más allá de estos. Se le informa que la evaluación del impacto ambiental del proyecto pasó. Se restringe la discusión a si la actividad propuesta corresponde con la zonificación del predio. Se limita la participación pública y por lo tanto, el enriquecimiento de la información que tienen que tomar en consideración las entidades públicas en la evaluación de los proyectos de forma más completa y profunda.  

Los funcionarios gubernamentales actúan en representación de los proponentes de los proyectos con exclusión de la participación efectiva del pueblo. 

Durante los últimos 16 años se ha convertido la evaluación ambiental de los proyectos en un proceso acelerado cada vez más superficial. Concentraron las decisiones en la Oficina de Gerencia de Permisos, redujeron el poder, el presupuesto y el número de empleados de la Junta de Planificación, el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, y convirtieron la Junta de Calidad Ambiental en una división de este departamento. 

Representantes de los que someten proyectos y muchos políticos electorales insisten en aprobar una ley para acelerar su aprobación. Argumentan que es necesario para el crecimiento económico. Si la rápida aprobación de los proyectos tuviese que ver con la situación económica, ¿por qué seguimos en medio de una crisis económica de dos décadas de duración?

La nueva Ley 82 obliga a los que se opongan por medios legales a un proyecto a depositar una fianza mínima de 10% de su costo total. Transfieren el deber de presentar información ambiental correcta, completa y veraz del que radica un proyecto privado y las entidades gubernamentales, al que puede sufrir las consecuencias. 

Se prejuzga la opinión del demandante sin pasar prueba en un proceso administrativo o en corte. Se limita la libre expresión. 

Los proponentes privados de proyectos que pueden degradar el ambiente y los políticos electorales que los representan, pretenden convertir el proceso de declaración y evaluación ambiental en una actividad todavía más superficial.

Actúan en contra de los intereses generales de las comunidades, del pueblo, que dicen defender.

Esta práctica causa, entre otros: deforestación, erosión de suelos, sedimentación, reducción de agua en las represas y agua potable. Impacto adverso de canteras sobre residentes en Guaynabo, Trujillo Alto, Carolina y San Juan en un radio de un kilómetro. Plantas de hormigón asfáltico, talleres de hojalatería y pintura (por ejemplo, en el barrio Ceiba de Cidra), con impactos negativos sobre la salud humana y el resto del ambiente. 

No olvidemos el proyecto Esencia y el impacto ambiental adverso en Cabo Rojo y otros municipios de la Isla Grande.

A partir del 2010 se creó la Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe) y se modificó de forma drástica el proceso ambiental para limitar aún más la participación pública en la evaluación de los proyectos que pudiesen tener un impacto ambiental significativo.

Las comunidades se enteran de la existencia de un proyecto cuando comienzan a mover las máquinas para cortar colinas, montañas y depositar relleno en el lugar de la próxima actividad. 

Moncayo, Fajardo. (Suministrada)

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