El capital extranjero y los favoritismos políticos secuestran a Luquillo

Editorial

JAIME TORRES TORRES

PRENSA SIN CENSURA

Ya escasean exageradamente los estacionamientos en Luquillo.

Desde que inició la construcción de un complejo de entretenimiento y alquiler de vagones de comida, a la gente que antes estacionaba en el solar de la Administración de Terrenos de Puerto Rico localizado al lado de Sandy Hills y frente a La Pared no le ha quedado más remedio que ocupar la orilla de la calle, tornando más estrecha la vía que, frente a Board Riders, se complica los fines de semana gracias al establecimiento de varias carpas para alimentos ligeros y artesanías.

Eso en un momento en que La Pared y Playa Azul son arropadas por el sargazo, por lo que cuando mejore el clima y entre el verano que se avecina el flujo vehicular aumentará considerablemente. Aparte de la despiadada e irreversible gentrificación, evidente en la forma acelerada con que el capital extranjero se apodera del casco del pueblo luquillense y de los inmuebles cercanos al mar.

Lo cierto es que, a juicio de Prensa sin censura, el negocio entre la corporación Del Patio 787, LLC., que preside Rey Antonio Rosario Bonano y la Administración de Terrenos de Puerto Rico, favorece a esta familia luquillense y a la gente, incluido el turismo, que le encanta el chinchorreo.

Eso no está mal, pero comerciantes han denunciado a Prensa sin censura que el alcalde Jesús Jerry Márquez no los consultó ni tampoco a los vecinos de un pueblo -sin sonar xenófobos, ya que es la realidad- cada vez más con rostro norteamericano.

Para récord, varios entrevistados también aluden a un conflicto de interés porque Rey Antonio Bonano Rosario fue director de campaña de Jesús Jerry Márquez en la elección de 2012, secretario municipal durante los primeros tres años y presidente del Partido Popular Democrático a nivel municipal.

También se ha revelado información en el sentido de que el socio de Bonano Rosario tiene familiares muy cercanos que son empleados de confianza del alcalde.

No hay duda de que el capital extranjero y los favoritismos políticos secuestran a Luquillo. Los constituyentes de este pueblo del Noreste, predominantemente adultos mayores, están cansados y, como en otros ayuntamientos, sencillamente sobreviven en tiempos de pandemia, facturas elevadas de LUMA y deficiencias en los servicios esenciales.

Es evidente en la laxitud con que, salvo algunas excepciones, apenas han respondido a la deforestación de un humedal para la edificación del Hotel Fairfield By Marriott de Prisa Group y los Stubbe, la eventual construcción del proyecto Maremio en la reserva natural Punta Bandera, el abandono del Balneario La Monserrate, el desplazamiento en Fortuna Playa y la amenaza de los colmillos que salivan profusamente por los bienes de dominio público del Corredor Ecológico del Noreste.

El contrato Del Patio 787, LLC

Veamos algunos bullets del contrato firmado el 14 de julio de 2020 entre Rey Antonio Rosario Bonano y la arrendadora Dalcia Lebrón Nieves en representación de la Administración de Terrenos de Puerto Rico.

Prensa sin censura lo recibió en exclusiva.

Veremos cómo eventualmente el arrendatario asegurará que las aguas residuales, sanitarias y desperdicios que genere el negocio no terminarán en las aguas de la Playa La Pared, en el estuario del Río Sabana y en el litoral de parte del Corredor Ecológico del Noreste.

• Que la Arrendadora es dueña en pleno dominio del inmueble descrito a continuación: URBANA: «Parcela de terreno localizada en el barrio Pueblo del término municipal de Luquillo, con un área superficial de dieciocho mil doscientos (18,200.00) pies cuadrados, en lindes: por el Norte, la Calle Herminio Díaz Navarro que la separa del mar; por el Sur, con la avenida Fernández García; por el Este, con terrenos de la Administración de Terrenos de Puerto Rico; y por el Oeste, con la calle Roberto Casillas».

• En aras de lograr el aprovechamiento de la Propiedad antes descrita mediante un usointerino, el Arrendatario propone y se obliga a desarrollar y operar un proyecto (el Proyecto) de concepto gastronómico compuesto de un mínimo de ocho (8) establecimientos temáticos removibles, junto a espacios de apoyo que se componen de tarima de actividades al aire libre, servicios sanitarios, área de servicio para los establecimientos y un mínimo de quince (15) espacios de estacionamiento. EI Proyecto se recoge según el plano conceptual presentado.

• Como consideración económica durante la Fase de Desarrollo de este arrendamiento, se establece un cargo de DOS MIL QUINIENTOS DÓLARES ($2,500.00) que deber ser pagado a la Administración de Terrenos al momento de la firma de este contrato. Dicho pago podrá efectuarse mediante cheque certificado, transferencia electrónica, giro bancario, postal o en efectivo. De ser mediante transferencia electrónica, la misma se realizará al número de ruta de la institución bancaria que sea provista por la Arrendadora.

• Asimismo, a la fecha de la firma de este contrato, el Arrendatario depositará a favor de la Arrendadora en calidad de fianza, la suma de TRES MIL SETECIENTOS DIECISIETE DÓLARES ($3,717.00). Dicha fianza podrá ser usada a opción de la Arrendadora para cubrir cualquier dañocausado a la Propiedad por el Arrendatario, o por su culpa o negligencia, o para cubrir cualquier deuda que estuviere al descubierto a la fecha de terminación de este contrato.

• EI término para la Fase de Operación sobre la propiedad será de CUATRO (4) años, contados a partir de la fecha en que finalice la Fase de Desarrollo, entiéndase desde el 15 de julio de 2021 hasta el 14 de julio de 2025, inclusive, concluyendo en la fecha de vencimiento sin necesidad de requerimiento.

• Para la Fase de Operación de este arrendamiento, se establece el siguiente canon de arrendamiento mensual escalonado: Año 1 de la Fase de Operación (Ochocientos quince dólares ($815.00) Año 2 de la Fase de Operación (Novecientos treinta y siete dólares ($937.00 ) Año 3 de la Fase de Operación (Mil setenta y siete dólares ($1,077.00) Año 4 de la Fase de Operación (Mil doscientos treinta y nueve dólares ($ 1,239.00).

• EI Arrendatario mantendrá en buen estado los desagües, acequias y canales existentes, si algunos, o que pudieran realizarse en elfuturo en la Propiedad.

• EI canon de arrendamiento aquí estipulado no incluye energía eléctrica, alcantarillado, agua o cualquiera otro similar, los cuales serán por cuenta y cargo del Arrendatario.

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