Ambiente
(Cidra, Puerto Rico — 18 de diciembre de 2025, Comunicado para Prensa Sin Censura) – El Comité Despertar Cidreño celebra una importante victoria ciudadana en su reclamo por transparencia y rendición de cuentas.
Gracias a la Ley 141 de Transparencia y Procedimiento Expedito para el Acceso a la Información Pública, el Tribunal de Primera Instancia de Caguas ordenó al Municipio de Cidra y su alcalde Delvis J. Pagán Clavijo entregar el expediente relacionado con la tala de árboles ocurrida en el costado norte de la Cooperativa Cidreña.
Este logro se originó el 16 de octubre de 2025, cuando el Comité envió una carta formal solicitando toda la información disponible sobre la intervención con los árboles en ese sector. La petición fue inicialmente ignorada por el Municipio, lo que motivó que Eliezer Colón Rivera, como recurrente en representación ciudadana, acudiera al Tribunal. La decisión judicial ratifica que la información pública no es propiedad de las instituciones, sino un derecho de la gente.
El proceso de deforestación por parte de las brigadas municipales ha continuado en otros sectores del municipio según múltiples denuncias ciudadanas.
Deficiencias del expediente
Aunque el Municipio entregó el expediente, el documento recibido presenta serias deficiencias:
• Falta de órdenes de trabajo y boletas e informes del supervisor de la brigada y autorizaciones ambientales vinculadas a la tala.
• Ausencia de evaluaciones o informes técnicos que justifiquen la intervención.
• Inconsistencias en la fecha y descripción de los trabajos realizados.
• Carencia de evidencia fotográfica o declaraciones oficiales sobre el impacto ambiental.
Estas omisiones confirman la necesidad de mantener la vigilancia ciudadana y exigir que las agencias cumplan de forma completa y transparente.
Moción de oposición y el intento de cerrar el caso
A pesar de que el expediente está incompleto, los abogados del alcalde Delvis J. Pagán Clavijo presentaron una moción para cerrar el caso, alegando «academicidad»; es decir, que, dado que ya se entregó parte de la información, el tribunal no debe continuar con el caso porque, supuestamente, ya no hay controversia.
Sin embargo, Despertar Cidreño y el recurrente Eliezer Colón Rivera se oponen con firmeza, argumentando que la información entregada es parcial y no satisface el derecho pleno de acceso. Cerrar el caso en este momento significaría permitir que las agencias evadan su obligación de responder plenamente, debilitando el instrumento ciudadano para fiscalizar las decisiones que afectan nuestro ambiente.
Un caso emblemático para Puerto Rico
Este caso representa una victoria significativa para la transparencia y la defensa ambiental en Puerto Rico. Reafirma que ningún municipio ni funcionario alguno puede restringir el derecho de la ciudadanía a conocer lo que se hace con los recursos naturales de la comunidad.
Las recientes enmiendas a la Ley 141-2019 permiten extender los plazos de respuesta y añaden requisitos y pasos adicionales que organizaciones y periodistas han denunciado como trabas al acceso oportuno a la información pública.
Frente a este escenario, el Comité Despertar Cidreño se propone seguir documentando y registrando rigurosamente todas las actuaciones que violenten el derecho de acceso a la información, como parte de la defensa del ambiente y de la transparencia gubernamental.
Desde Despertar Cidreño reiteramos que la defensa de la naturaleza comienza con el acceso a la verdad. No podemos proteger nuestra naturaleza del abuso y de la destrucción si la información se nos oculta. Cada documento, cada expediente y cada permiso deben ser públicos en un ordenamiento democrático.



