Nota del Editor: Primero de una serie de artículos sobre la ponencia del Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico, a través de la Comisión de Derecho Ambiental y Recursos Naturales, representada por la Lcda. Ruth Santiago para expresar los comentarios preliminares al proyecto denominado Esencia del promovente Cabo Rojo Land Acquisition, LLC a través de la agencia proponente, Oficina de Gerencia de Permisos.
Queremos unirnos al reclamo de varios sectores y expresar la necesidad de proveer un periodo de tiempo adicional para recibir ponencias, realizar vistas públicas adicionales y de esa forma brindar oportunidad de participación ciudadana efectiva, esto fundamentado en la magnitud del proyecto que se propone y la cantidad y complejidad de los documentos que componen la Declaración de Impacto Ambiental.
I. Participación Ciudadana, Idioma y Debido Proceso de Ley
Todo proceso gubernamental debe estar guiado por los principios fundamentales del debido proceso de ley. Aunque la Sección 3.1 de la Ley 38 de 2017, Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme (LPAU), fue enmendada por la Ley Núm. 295 de 8 de diciembre de 1998 para excluir los procesos de evaluación de declaraciones de impacto ambiental requeridos por el articulo 4 (b) 93) de la Ley 416 de 2004, Ley de Política Pública Ambiental, de los procedimientos formales, esto no exime los procesos de evaluación de las declaraciones de impacto ambiental de proveer garantías requeridas por el Debido Proceso de Ley.
Además, nuestro Tribunal Supremo analizando el carácter informal de los procedimientos de evaluación de los documentos ambientales ha referenciado la exposición de motivos de la Ley 295 de 1998. En Municipio de San Juan Peticionario V. Junta de Calidad Ambiental y otros, 99 TSPR 147, citando en la nota 10 indica:
“El propósito de los documentos ambientales es describir y analizar una acción gubernamental propuesta desde el punto de vista del efecto que dicha acción pueda tener sobre el ambiente. Con dicha descripción y análisis sobre el ambiente, el ente gubernamental puede tomar decisiones informadas y, además, se realiza una divulgación a las comunidades, al público en general y las agencias concernidas.”
En el caso que nos ocupa, no se ha cumplido con este propósito. Con una fecha de antelación de apenas 30 días, se pretende que la ciudadanía evalúe un documento que en total tiene casi 4,000 páginas y que más de la mitad de los anejos incluyendo el anejo de Justicia Ambiental, no están en el idioma español, sino que están en inglés; cuando la gran mayoría de las personas residentes de Puerto Rico no domina el idioma inglés, incluyendo funcionarios del gobierno.
No podría el ente gubernamental tomar decisiones verdaderamente informadas, ni podría divulgarse a las comunidades y público general la información contenida en este documento de impacto ambiental para que puedan llevar sus reclamos y defenderse cabalmente a menos que los documentos estén verdaderamente accesibles, es decir, en español.
Con una fecha de antelación de apenas 30 días, se pretende que la ciudadanía evalúe un documento que en total tiene casi 4,000 páginas y que más de la mitad de los anejos incluyendo el anejo de Justicia Ambiental, no están en el idioma español, sino que están en inglés.
Los anejos en inglés (15 de 23) son los siguientes:
1. Anejo 3.1 Preliminary Subsoil Exploration and Geotechnical Report for CR Development – Julio 2023.
2. Complimentary Subsoil Exploration and Geotechnical Report for Esencia – Junio 2024
3. Wetland Jurisdictional Determination – Enero 2025
4. Preliminary Stormwater Management Analysis Report for Esencia -Mayo 2024
5. Existing Conditions and Topographic Survey for PR Inestco, LLC -Mayo 2024
6. Traffic Impact Study – Enero 2025
7. Environmental Justice Assessment for a Mixed-Use Project in Cabo Rojo – Julio 2024
8. Asbestos Containing Building Materials Inspection Report- Abril 2024 (5 Informes)
9. Waste Management Technical Memorandum – Mayo 2024
10. Maritime Zone Demarcation for Cabo Rojo Land Acquisition -Febrero 2024
11. Esencia Dec. 2024 Publicidad y Fotos
12. Carrying Capacity of the Costal Segment of the Cabo Rojo Development – Septiembre 2024
13. Costal Dune Vegetation Assessment and Characterization – Esencia -Noviembre 2024
14. Benthic & Submerged Aquatic Vegetation Survey – Noviembre 2024
15. Industrial Hygiène Report for Environmental Noise Pollution – Background Noise Levels – Diciembre 2024
Por lo tanto, nuestra primera exigencia es que se aplace la determinación y que se lleve a cabo una vista de seguimiento tan pronto estén disponibles estos anejos en el idioma español.
La cantidad de documentos redactados únicamente en inglés en el expediente del proyecto en controversia sin una traducción al español constituye una gran contradicción e inconsistencia y falta de debido proceso de ley.
La LPAU, Capítulo II, Sección 2.1 establece el requisito de que el aviso de vistas públicas se publique en español e inglés; específicamente en la Sección 2.8 establece que el reglamento se radique en español con su traducción al inglés; (2.8 (c) a menos que sea impráctico la traducción al español por ser una norma nacional (national standards) y por su alto contenido técnico; y que los documentos sujetos a evaluación en su gran mayoría no estén disponibles en español.
Además, el Reglamento para el Proceso de Evaluación Ambiental #8858 en la Regla 114 indica:
B. Los documentos podrán ser redactados en español o en inglés. Sin embargo, si es redactado en inglés, su versión en español tendrá que ser provista a personas o entidades que así lo soliciten.
Solicitamos que los documentos que están únicamente en inglés, los 15 anejos indicados, sean traducidos al español y puestos a la disposición del público en general para que puedan hacer una evaluación sin trabas adicionales, y que por lo tanto también se extienda el periodo para recibir ponencias o participar en vistas públicas de seguimiento.
Mañana: Invalidez del Reglamento Conjunto de Emergencia

