Rhina M. Jiménez MS
Prensa Sin Censura
Todos los rótulos de propaganda eleccionaria que se encontraban aledaños a la rotonda de la entrada 39 en la carretera #1 en Cayey, fueron removidos este lunes 20 de mayo.
Dicho espacio de terreno es propiedad del municipio de Cayey y es parte de los terrenos previamente expropiados para la construcción de dicha rotonda.
El espacio en cuestión es frecuentemente utilizado por el municipio para anunciar sus actividades y para colocar adornos o carteles alusivos a festividades.
La propaganda eleccionaria pertenecía a varios candidatos de diferentes partidos políticos, quienes están participando en contiendas primaristas o en las elecciones generales.
Algunos de los afectados desconocen quién o quiénes fueron los responsables de la remoción de la propaganda, ni cuáles fueron las razones. La remoción de la propaganda fue específicamente en esa rotonda, ya que se siguen observando promociones en otras áreas públicas cerca de carreteras principales, intersecciones y postes.
Es importante destacar que el Código Electoral de Puerto Rico del 2020 (Ley 58 del 2020) especifica lo siguiente:
«Artículo 12.20.-Arrancar o Dañar Documentos o la Propaganda de Candidatos o Partidos Políticos. –
Toda persona que voluntariamente y a sabiendas, arrancare o dañare cualesquiera de los documentos electorales o la propaganda de candidatos o partidos políticos que se fijen en lugares públicos, incurrirá en delito grave y, convicto que fuere, será sancionada con pena de reclusión que no será menor de un (1) año ni mayor de tres (3) años o con multa que no excederá de cinco mil dólares ($5,000) o ambas penas a discreción del Tribunal.»
Todos los candidatos a puestos políticos tienen el derecho de expresarse y de colocar propaganda en lugares públicos. De esta forma los votantes pueden reconocer sus nombres o rostros y asociarlos con los partidos políticos o los puestos para los cuales están nominados como candidatos.


