Natal denuncia que Miguel Romero persigue opositores de su código

El candidato a Alcalde de San Juan por Victoria Ciudadana señaló patrones de persecución y posibles violaciones de ley

(San Juan, P.R.- 1/11/2024) – El candidato a Alcalde de San Juan por el Movimiento Victoria Ciudadana (MVC), Manuel Natal Albelo, denunció un patrón de persecución y discrimen contra residentes, comerciantes y gestores culturales que se han expresado públicamente en oposición al nuevo Código de Orden Público impulsado por Miguel Romero y la Administración del Partido Nuevo Progresista (PNP). Entre las prácticas que señaló el exrepresentante se encuentran el uso arbitrario de la Policía Municipal para multar a los comercios cuyos propietarios han sido vocales en contra del Código, la obstaculización caprichosa de permisos y hasta la divulgación de información financiera de los negocios.

“La respuesta de Miguel Romero a las denuncias de comerciantes, residentes y gestores culturales afectados por el Código del PNP es muy peligrosa. Es irónico que quienes se llenan la boca hablando de regímenes autoritarios en otros países, incurran en las mismas prácticas en Puerto Rico. Desde Thomas Rivera cerrando las gradas del Senado, hasta Miguel Romero persiguiendo a comerciantes”, señaló Natal Albelo, quien ha sostenido múltiples reuniones con residentes, comerciantes y gestores culturales relacionadas a la implementación del Código de Orden Público y en donde se han denunciado estas prácticas.

El también Coordinador General de Victoria Ciudadana explicó que el Código Municipal tipifica como delito la divulgación de cierta información financiera por parte de empleados de un municipio, incluyendo aquella que se obtiene por alguna disposición del propio Código Municipal o del Código de Rentas Internas. Durante los pasados días, en múltiples intervenciones mediáticas, Miguel Romero ha hecho referencia a información financiera de varios comercios en el Municipio de San Juan, singularizando por nombre y apellido a aquellos comerciantes o negocios que se han expresado en contra del Código de Orden Público impulsado por el propio Romero. “Miguel Romero no solo persigue a los opositores del Código con los recursos del Municipio, sino que también utiliza información privilegiada y confidencial en manos del Municipio para ir en contra de quienes se atreven a levantar su voz. Si hace esto contra comerciantes con recursos económicos para defenderse, imagínense de lo que sería capaz contra el sanjuanero de a pie”, concluyó el candidato a Alcalde por la Alianza de San Juan, compuesta por el MVC, el Partido Independentista Puertorriqueño (PIP) y otros sectores del electorado, incluyendo candidatos independientes y personas previamente vinculadas al Partido Popular Democrático (PPD).

Ley Núm. 107 de 13 de agosto de 2020, mejor conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”

Artículo 7.247— Penalidades por Divulgar Información (21 L.P.R.A. § 8209) Empleados municipales y otras personas — Será ilegal que cualquier Director de Finanzas, o cualquier persona designada por este, incluyendo el Recaudador Oficial, auxiliar, agente escribiente u otro funcionario o empleado de los municipios de Puerto Rico, divulgue en cualquier forma no provista por ley a cualquier persona el monto o fuente de ingresos, las entradas brutas o cualquier detalle de las mismas expuestas o reveladas en cualquier declaración requerida por este Código así como cualquier información que suministre el Secretario de Hacienda o cualquiera otra agencia o instrumentalidad del Gobierno de Puerto Rico, según provee este Capítulo, o cualquier libro conteniendo cualquier resumen o detalles de las mismas, o que permita que éstos sean vistos o examinados por persona alguna; y será ilegal que cualquier persona imprima o publique en forma alguna cualquier declaración requerida por este Código o por parte de las mismas o fuentes de los ingresos o entradas brutas que aparezcan en cualquier declaración requerida por este Código, así como cualquier información que suministre el Secretario de Hacienda o cualquiera otra agencia o instrumentalidad del Gobierno de Puerto Rico, según provee este Capítulo y cualquier infracción a las disposiciones precedentes constituirá delito menos grave y se castigará con multa no mayor de quinientos (500) dólares o reclusión seis (6) meses; y si es funcionario o empleado de un municipio del Gobierno de Puerto Rico será, además, destituido del cargo o separado del empleo mediante el debido procedimiento de ley.

Manuel Natal.

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